Información importante para las Asociaciones sobre cómo tramitar el certificado digital
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Se recuerda a todas las personas jurídicas, entidades y asociaciones que según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo.
El Certificado Digital para asociaciones aportará una serie de ventajas a la asociación pertinente, entre ellas se encuentran:
- Agilizar y abaratar gestiones con la Administración Pública.
- Simplificación y automatización de la gestión documental.
- Reducción de errores al eliminar procedimientos manuales.
- Favorecer la eliminación de documentos impresos.
- Dar cumplimiento a las obligaciones legales.
Enlace para la obtención del Certificado:
Más información, pinche aquí.
Para cualquier duda: Ponemos a vuestra disposición la Delegación de Relaciones Institucionales de nuestro Ayuntamiento, donde le atenderán la Concejal Delegada Rosa M.ª Escudero Romero. (Plaza de España, 1).

