Tenencia de Animales

Medio Ambiente

Tenencia de Animales

Tríptico Informativo

Con el fin de garantizar el bienestar animal y la seguridad ciudadana, se enumeran a continuación algunos aspectos destacados de la legislación vigente:

Caballos

La documentación obligatoria que deben tener los caballos son:

  • Microchip: Se le debe implantar antes de los 6 meses de edad del animal o antes del 31 de Diciembre del año de nacimiento de éste.
  • Documento de Identificación Equina (DIE): Si el animal es identificado a partir de Mayo de 2010
  • Tarjeta Sanitaria Equina (TSE): Si el animal fue identificado con posterioridad a Mayo de 2010.

 

Los caballos sólo pueden ser alojados en explotaciones equinas autorizadas por la OCA.

Perros, Gatos y Hurones

Los propietarios de estos animales están obligados a identificarlos mediante microchip en un plazo máximo de 3 meses desde el nacimiento del animal o de 1 mes desde la adquisición del mismo. Una vez implantado el microchip en un veterinario autorizado de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el animal quedará automaticamente registrado en el Registro Municipal de Animales de Compañía.

Además del microchip, es obligatorio que el animal tenga la cartilla sanitaria (si fue identificado antes de Abril de 2010) o el pasaporte (si es posterior a Abril de 2010) con todas las vacunas y desparasitaciones al día.

Perros Potencialmente Peligrosos

Se consideran Perros Potencialmente Peligrosos los pertenecientes a las siguientes razas:

  • Pitbull Terrier
  • Staffordshire Bull Terrier
  • American Staffordshire Terrier
  • Rottweiler
  • Dogo Argentino
  • Fila Brasileiro
  • Tosa Inu
  • Akita Inu

 

O los que tengan todas o la mayoría de las características siguientes:

  • Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
  • Marcado carácter y gran valor
  • Pelo corto
  • Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 cms., altura a la cruz entre 50 y 70 cms, y peso superior a 20 Kg.
  • Cabeza voluminosa, cuboide de robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
  • Cuello ancho, musculoso y corto.
  • Pecho macizo, ancho, grande, profundo costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
  • Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
  • Estos perros deben ir siempre conducidos por personas mayores de dieciocho años, llevar inexcusablemente bozal apropiado para la tipología racial de cada animal, ir sujetos con cadena o correa no extensible e irrompible, de un (1) metro de longitud máxima, sin que pueda llevarse más de uno de estos perros por persona
  • La tenencia de un perro pontencialmente peligroso requerirá, además de microchip y pasaporte, la obtención de una licencia administrativa, que será otorgada por el Ayuntamiento del municipio de residencia del solicitante.
  • La licencia tendrá un período de validez de cinco años desde la fecha de expedición, pudiendo ser renovada por períodos sucesivos de igual duración a petición de la persona interesada. No obstante, la licencia perderá su vigencia en el momento en que su titular deje de cumplir cualquiera de los requisitos establecidos.

Procedimiento para la obtención de licencia de tenencia de Perros Potencialmente Peligrosos

1. En el Registro General del Ayuntamiento de La Algaba rellena una solicitud pidiendo una licencia de PPP y entrégala junto con la siguiente documentación:

  • Fotocopia del DNI.
  • Declaración jurada de no haber sido sancionado administrativamente por infracciones graves o muy graves de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre.
  • Certificado original de aptitud física y psicológica expedido por un centro de reconocimiento autorizado.
  • Certificado de antecedentes penales por el que se acredite no haber sido condenado por delitos de homicidio, torturas, lesiones, contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, asociación con banda armada o de narcotráfico, así como no estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

 

2. Con una copia de la solicitud presentada ya puedes ponerle el microchip al perro, sacarle el pasaporte y vacunarlo en un veterinario autorizado.

3. Una vez que el perro tiene microchip debes sacarle el seguro que se especifica a continuación.

Finalmente entrega en el Registro General del Ayuntamiento la siguiente documentación:

  • Cartilla Sanitaria/pasaporte del perro.
  • Fotocopia de póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, por una cobertura no inferior a 120.000 euros, a la que se acompañará fotocopia del último recibo bancario que acredite que dicha póliza se encuentra al corriente del pago.
Tríptico Informativo
Nombre Tamaño Tipo
triptico 1.556,88 KB
Licencia de PPP
Nombre Tamaño Tipo
Solicitud_General_-_Ciudadano 271,31 KB
Declaración Jurada