Casa de la Cultura y Salón de El Monte

Cultura

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Casa de la Cultura y Salón de El Monte

Normas de uso de la Casa de la Cultura y Salón de El Monte

La Casa de la Cultura de La Algaba es un centro público municipal destinado al desarrollo de actividades culturales, que proporciona un servicio permanente y garantizado dirigido a la mejora de las condiciones sociales y culturales de los ciudadanos y ciudadanas y realizar la prestación de infraestructura y recursos necesarios para llevar a cabo actividades tanto municipales como de entidades socio-culturales.

La presente normativa tiene por objeto determinar las condiciones bajo las cuales los usuarios/as podrán disfrutar de las instalaciones y servicios de la Casa de la Cultura de La Algaba.

El cumplimiento de la presente normativa contribuye al correcto funcionamiento de la Casa de la Cultura, al logro de la calidad de su servicio y al mantenimiento y conservación adecuada de las instalaciones y equipamientos que los constituyen.

1. Podrán utilizar las dependencias de la Casa de la Cultura de La Algaba todas aquellas personas físicas, jurídicas o asociaciones que tengan una finalidad cultural no lucrativa. Asimismo podrá autorizarse el uso del salón de la Casa de la Cultura a personas o entidades que pretendan realizar actos culturales lucrativos, siempre se destine un 5% de la cantidad recaudada para fines sociales.

2. La persona solicitante sera mayor de edad

3. La persona solicitante se hará responsable del buen uso de la sala y de la Casa de la Cultura en general, cuidará que al finalizar la actividad éstas queden en las mismas condiciones de cesión.

4. Los/as beneficiarios/as de reservas tendrán que disponer, salvo especificaciones que se harán constar en la petición, de sus propios medios técnicos, personal y material para el desarrollo de sus actividades.

5. La cesión en cada caso vendrá determinada por las condiciones que se establezcan desde el Ayuntamiento de La Algaba.

6. Se utilizaran las instalaciones, servicios y equipamientos con un buen trato y uso correcto. Cualquier desperfecto ocasionado por negligencia o intención, sera responsabilidad de la persona solicitante.

7. Se deberá comunicar a los/as empleados/as, las anomalías de funcionamiento, roturas, deficiencias o incumplimiento de lo dispuesto.

8. Por cuestiones de higiene, queda terminantemente prohibido introducir ningún tipo de alimento o bebida, excepto en la zona de descanso y en aquellas actividades que se autorice lo contrario.

9. Queda expresamente prohibido fumar dentro del edificio.

10. No esta permitido mover enseres o mobiliario de la Casa de la Cultura, sin autorización expresa.

11. Queda prohibida la entrada de usuarios/as con animales, excepto perro lazarillo

12. Queda prohibido colocar pancartas, carteles o folletos en las zonas comunes del interior del edificio o su fachada sin autorización municipal.

13. La Casa de la Cultura no se hace responsable de los objetos personales de los/as usuarios/as que deberán ser vigilados por ellos/as mismos/as

14. No se permite el acceso al edificio con bicicletas, patines, balones...

15. Se deberá mantener en todo momento un trato respetuoso y digno hacia las personas responsables de las actividades, personal y resto de participante de la Casa de la Cultura y guardar el debido respeto a los/as demás usuarios/as observando la compostura necesaria.

16. El personal de la Casa de la Cultura puede pedir la identificación del usuario/a cuando los crea necesario y expulsar del recinto a aquellas personas que incumplan esta normativa de utilización u otras normativas elementales de convivencia, civismos y utilización de bienes públicos.

17. El periodo de sanción, en base al informe emitido por el personal de la Casa de la Cultura, será de la suspensión del derecho de uso de todas las dependencias municipales durante UN MES.

18. La devolución de las llaves de la Casa de la Cultura se establecerá en el momento de su recogida, dependiendo del horario de la actividad.

19. Si el consistorio u otro centro a de disponer de la Casa de la Cultura para un acto puntual el/la/ los solicitantes habrán de ceder la citada dependencia.

20. Los/as usuarios/as pueden manifestar sus reclamaciones, quejas o sugerencias a los responsables de la Delegación de Cultura del Ayuntamiento de la La Algaba.

Lo no previsto en la siguiente normativa se atendrá a lo que disponga el responsable del servicio municipal y/o la Delegación de Cultura del Ayuntamiento de La Algaba.